Una buena noticia nos ha dado el Banco Central de Venezuela al publicar el jueves 04/07/2013 las normas generales del Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD) en la Gaceta Oficial 40.200. *
El artículo 19 estable que las personas residentes en el país podrán adquirir divisas o títulos a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD), hasta un máximo efectivo, no acumulativo, por año calendario, de US$ 3000,00 o su equivalente en otras divisas para viajes al exterior, hasta 5.000 dólares (o su equivalente en otras monedas) para atender estudios en el exterior, gastos de salud o para el pago de bienes requeridos para la prestación de servicios profesionales.
En el parágrafo primero del mencionado artículo estable: “En los casos a los que se refiere el presente artículo, no se requerirá que la persona natural hubiese agotado el cupo anual de divisas otorgado por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI)”
Los interesados deberán inscribirse en el “Registro de Usuarios del Sistema Complementario de Administración de Divisas (RUSICAD)”, sin embargo aquellos inscritos en el Registro de Usuarios del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (RUSITME), se entenderán inscritas de pleno derecho de conformidad a lo establecido en el artículo 24 de las Disposiciones Transitorias de la Resolución N° 13-07-01 del Banco Central de Venezuela, del 2 de julio de 2013. *
Los interesados no deberán estar incursos en investigaciones por presuntas violaciones de la normativa cambiaria, y no podrán haber sido sancionados por la violación de ésta.
Importante oportunidad que el estado nos brinda de adquirir divisas para viajar a una tasa menor al ofrecido en el vecino país.
Jackson Pérez
@jacksonpo7
* Anexos
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